por Cra. Noelia Rostán- Socia de Consultora Dosa
DGI (Dirección General Impositiva), se presentó como acreedor en el proceso concursal de Conexión Ganadera, reclamando un total de 256 millones de pesos uruguayos, un aproximado de 6.4 millones de dólares.
Impositiva reclama los impuestos impagos de los últimos 4 años por concepto renta de capital.
¿Qué tipo de renta es la reclamada? Pues bien, serían las retenciones de Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF categoría I capital) correspondientes a aquellos inversores que no son titulares del ganado. En líneas generales, porque siempre se debe analizar cada situación particular, cuando una persona realiza una colocación de capital destinada a obtener un rendimiento, dichos rendimientos estarán alcanzados por IRPF, así lo establece el artículo 18 del Título 7, TO 2023: “Constituirán rendimientos del capital mobiliario, las rentas en dinero o en especie provenientes de depósitos, préstamos y en general de toda colocación de capital o de crédito de cualquier naturaleza”
Para rendimientos de capital mobiliario DGI designa agentes de retención, por ejemplo a los bancos, a sujetos pasivos de IRAE, organismos públicos, entre otros, los cuales serán los encargados de retener y volcar el impuesto mensualmente, liberando al contribuyente de liquidar el impuesto y presentar declaración jurada.
Entendemos entonces que, Conexión Ganadera era responsable de retener y pagar las retenciones correspondientes al Estado, el fisco detecta la irregularidad y se presenta al Concurso.
Esto afecta directamente a los damnificados, debido a que DGI tendría calidad de acreedor privilegiado de acuerdo a la Ley de Proceso Concursal N° 18.387; aunque se desconoce aún si dará lugar formalmente al reclamo, debido a que DGI se presentó fuera del plazo legal establecido.








