Por Fernando Dotti
Semanas atrás se hizo pública la sentencia del Juzgado Letrado del Trabajo de Primera Instancia de 6° turno de Montevideo, ratificada luego por el TAT 1° , por la cual, se condenó a la empresa UBER, al pago de haberes salariales a un chofer, por considerarlo trabajador dependiente, y no, un trabajador autónomo, como lo que realmente es.
La sentencia afirma que “se desprende de lo depuesto que la actividad principal de Uber es la prestación del servicio de transporte, la que realiza a través de los llamados “socios conductores”, los que a juicio de esta proveyente se encuentran en una relación de trabajo subordinado con la empresa”. Agrega que ésta, ejerce “poder de dirección”, impartiendo órdenes y directivas, así como dando instrucciones de cómo cumplir el servicio, protocolos de trato a los clientes, condiciones de higiene, etc. Todas estas circunstancias, a entender de los representantes del Poder Judicial, son indicadores de que en la especie existe un vínculo de naturaleza laboral, dependiente, con subordinación jurídica, que determina que se deba aplicar el derecho del trabajo y no, el contrato celebrado entre la empresa y el chofer, de naturaleza civil-comercial.
Se agrega en la sentencia que, siendo la plataforma o aplicación tecnológica que proporciona UBER, la herramienta para el desempeño de la labor del conductor y que, cuando lo bloquea o suspende dicha cuenta, no le está proporcionando trabajo, lo que está haciendo en realidad, es ejercer el poder disciplinario, indicador también, de la existencia de una relación de dependencia.
Afirma también la sentencia que, el chofer de UBER, percibe periódicamente una remuneración, y que por lo tanto se encuentra en los términos referidos en la Recomendación de la OIT N° 198, “integrado a la organización de la empresa”, no siendo por tanto “un trabajador autónomo como se pretende endilgarle, sino un trabajador dependiente, subordinado”.
Esta sentencia, como ya se expresara, fue recientemente ratificada por el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 1° turno, lo que le da valor de cosa juzgada, es decir, no es posible la existencia de una revisión por otro tribunal de superior jerarquía.
Ahora bien, ¿cómo funciona UBER? En la aplicación referida, un chofer puede formar parte registrándose en la misma, bastando tener un vehículo que reúna los requisitos establecidos, para poder empezar a trabajar. Vale decir entonces que, cualquier persona (cualquiera hoy tiene acceso a un vehículo mediante los sistemas de préstamos al consumo) puede trabajar como chofer UBER siendo su propio patrón. No se necesita hacer un gran esfuerzo para trabajar. Es una verdadera herramienta revolucionaria, en la que, cualquier empleado en régimen de dependencia, puede optar por largarse por la libre y construir su propio negocio. Vaya si es revolucionario.
Se paga con dinero electrónico, con lo cual se reduce y minimiza la probabilidad de quedar expuesto a la delincuencia que busca efectivo.
Haciendo uso de la aplicación, el conductor más cercano recibe el mensaje del usuario y tiene 60 segundos para aceptar. El conductor va al destino o lugar donde está el usuario y cuando llega, lo notifica apretando el botón de llegada.
El chofer y usuario pueden, además, calificarse mutuamente. Esta característica asegura al usuario la tranquilidad de que, quien va a brindar el servicio de transporte pondrá su máximo empeño en atenderlo de buena manera, para obtener una buena calificación. Por su parte, el chofer al tener la posibilidad de calificar al usuario del servicio, permite evitar que los “abusadores” se propaguen.
Es, en definitiva, como todas las relaciones que se dan en el marco del libre mercado, con transacciones libres y voluntarias de los seres humanos, una ecuación de ganar – ganar, donde nunca hay resultado cero.
El chofer consigue realizar su viaje cobrando por ello un precio, al tiempo que, el usuario obtiene el traslado, con atención personalizada, segura, por cuanto no dispone de efectivo y segura también, en cuanto a la certeza de la identidad de quien lo traslada. Todos ganan, nadie pierde.
La sentencia objeto de este breve artículo, refleja lo más rancio del estatismo uruguayo. Todo tiene que estar regulado, no hay margen para la autonomía de la voluntad.
Es el reflejo de una construcción doctrinaria, jurisprudencial y cultural de muchas décadas que concibe la sociedad de un modo binario, en blanco o negro, en explotadores y explotados, en donde la poderosa multinacional UBER viene con sus espejitos de colores a estas tierras y luego “se lleva la plata para afuera”; viene a someter a los pobres conductores explotados, quienes se ven obligados a trabajar en una aplicación de servicios de transporte, porque no les queda otra, cobrando miserias, etc., etc.
Pero lo cierto es que, esta sentencia, más que de condena al pago de rubros laborales, es una sentencia que condena a la pena de destierro a UBER del Uruguay.
UBER fue una aplicación revolucionaria, porque le permitió a cualquier individuo largarse por su cuenta, sin tener que depender de nadie. La concepción filosófica de la sentencia, parte de la base de que quienes decidieron libre y voluntariamente contratar con UBER para largarse por la libre, por su cuenta, son unos minusválidos mentales, que no saben lo que hacen, y que firman cualquier cosa sin tener conciencia plena de lo que hacen. Entonces lo que la sentencia viene a decirnos es: “quédese tranquilo Sr. Conductor, que papá Estado acá está para decidir mejor por usted, qué es lo mejor para su vida. Por más que usted firmó una cosa, yo puedo entender que es mejor otra”.
Pagar el costo de la condena del caso que nos ocupa, a UBER no le va a mover la aguja, la empresa va a seguir existiendo y sus números no se verán afectados, el tema que es, situaciones como éstas determinan un freno a los incentivos para continuar la presencia en el Uruguay. No solo de UBER, sino de cualquier inversor. Es probable que lo que suceda es que la empresa se vaya a otro país antes que seguir trabajando en uno, que le ha sido hostil desde el comienzo. La patronal del taxi de la capital, lejos de preocuparse por mejorar su servicio y competir, brindando un mejor servicio a un mejor precio, que beneficie a los usuarios, se aferró a los más rancio del estatismo prebendario uruguayo. Se aferró a un negocio monopólico, en donde la oferta está limitada por el gobernante de turno. Se aferró a la patotería, de andar de matones en la calle, cada vez que se constataba la presencia de un chofer UBER.
Y una parte importante del sistema político, legislativo y judicial, está cooptada por este tipo de lobistas, amante del discurso políticamente correcto.
Al 16 de marzo de 2019, en el Uruguay, UBER se había transformado en una fuente laboral para miles de personas. En efecto, a esa fecha la empresa tenía en su registro de choferes, a unos 8.500 interesados.
Ahora bien, ¿debe pensarse que cada uno de esos 8500 potenciales choferes, no fueron libres en su decisión de postularse para trabajar en la empresa? Parecería ser que, lo firmado no tiene valor, y debe presumirse que en temas vinculados al mundo del trabajo independiente, el consentimiento de un individuo siempre está viciado, atentando de ese modo contra la libertad individual y la seguridad jurídica.
Sin embargo ese mismo sujeto, respecto de quien, el Estado piensa que puede tomar mejores decisiones para su vida, cuando firma un contrato por la hipoteca de su casa por ejemplo, y muchas veces cae en el abuso de cláusulas leoninas, ahí, el propio Estado le dice: “ah no, acá el sujeto firmó y debe hacerse cargo, debe regir el principio de autonomía de la voluntad”, cuando es en estos casos, donde sí, se advierten con frecuencia abusos (piénsese por ejemplo en los deudores ante el BHU y los notorios reclamos efectuados por los pagos sin fin de cuotas).
La sentencia objeto de este breve comentario, no hace más que generar obstáculos y frenos los incentivos para que se generen oportunidades de trabajo. La maquinaria de impedir estatal, siempre se impone. Ojalá me equivoque, pero esto es el comienzo del fin de UBER en el Uruguay. La empresa seguramente se irá a otro país, en donde los acuerdos libres y voluntarios entre sujetos plenamente capaces, sean respetados. Si eso pasa, no será fuga de capitales, ni capitales golondrinas, como le gusta decir a la progresía vernácula, ni que se la llevan para otro lado.
Mientras tanto, acá nos vamos a quedar con todos los derechos, con todas las regulaciones, con todas las protecciones, con hermosas sentencias, pero sin trabajo. ¡Unos vivos bárbaros somos! Como dijo alguna vez, un ex Presidente: “We are fantastic”.
Uruguay… un lugar.