República AFAP realizó en los últimos días una charla informativa que apuntó a afiliados y público en general donde se hablaron de varios temas, entre ellos la ley de Sistema Previsional, y del funcionamiento general de la AFAP.
En la presentación que se realizó se hizo referencia a los cambios que incluyó la reforma previsional. Sobre eso, la encargada regional Mariela Liesegang explicó que “El 1° de diciembre de 2023 entró en vigor el Sistema Previsional Común, establecido por la Ley N°20.130, con el objetivo de unificar los sistemas de Seguridad Social en Uruguay. Esta reforma busca que todos los trabajadores, independientemente de su tipo de actividad remunerada, contribuyan y tengan derecho a prestaciones bajo condiciones similares”. En ese sentido comentó que algunos de los cambios tienen que ver con “La unificación de sistemas, todas las personas con actividades remuneradas, sean dependientes o no, están incluidas en el nuevo sistema; implementación gradual, algunos cambios se implementaron el 1/8/2023 y otros el 1/12/2023, con reglamentaciones posteriores. Cobertura del Nuevo Sistema”. Una de las modificaciones claves tiene que ver con la edad de jubilación, la edad mínima para la jubilación normal aumenta a 65 años, con excepciones permitidas.
Según explicaron, otro de los puntos principales, tiene que ver con el cálculo del Sueldo Básico Jubilatorio, donde se considerarán los mejores 20 años de aportes para el tramo de solidaridad, mientras que el cálculo para el tramo de ahorro individual permanece sin cambios.
Otra de las modificaciones que se incluyen en la ley tiene que ver con el acceso anticipado a los ahorros. La Ley 20.130 introdujo el Beneficio Parcial en forma de capital. Este beneficio permite a los trabajadores que, habiendo cumplido con los requisitos para jubilarse, posterguen su jubilación por el régimen de solidaridad, por un mínimo de tres años, pudiendo retirar hasta el 9% del saldo acumulado en sus cuentas de ahorro en la AFAP. Además, se incluye un beneficio para personas no residentes, los afiliados que residen en el exterior podrán retirar el total del saldo acumulado en su cuenta en la AFAP. Para ello deberán cumplir con estos tres requisitos, no residir ni domiciliarse en Uruguay, tener menos de 15 años de aportes en Uruguay. Que hayan transcurrido más de cinco años desde la última vez que realizaron aportes en nuestro país.
Lisegang también dijo que “se podrá acceder anticipadamente a parte o la totalidad del saldo de la cuenta de ahorro voluntario y complementario en caso de: enfermedades graves del titular o sus posibles beneficiarios de pensión, incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, situaciones de desempleo de larga duración del titular no cubierto por los beneficios de Seguridad Social o cuando el titular fuera desalojado de la vivienda que habita”. La encargada comentó que “República AFAP es la administradora líder en cantidad de afiliados, la que administra el mayor fondo de ahorro del mercado y la que cobra la comisión de administración más baja del sistema, un 4,2% de los aportes, para el beneficio de sus afiliados”.
Sobre donde invierten las AFAP dijo que “nuestro objetivo es maximizar la jubilación de nuestros afiliados. Para lograrlo, buscamos optimizar la rentabilidad del ahorro previsional de nuestros afiliados a través de inversiones con riesgo acotado y supervisadas por el Banco Central del Uruguay. Los fondos acumulados en el tramo de ahorro individual pueden ser invertidos en diversos instrumentos financieros y proyectos beneficiosos para el país. Esto estimula el crecimiento económico al proporcionar financiamiento para empresas y proyectos que generan empleo y desarrollo”.
Sobre la seguridad de las inversiones comentó que “todas las inversiones de las AFAP están reguladas por la Ley, son controladas y custodiadas por el Banco Central del Uruguay. Los límites que se establecen en la normativa apuntan a priorizar la seguridad de las inversiones. Asimismo, la ley prevé una garantía de rentabilidad mínima y la existencia de una reserva especial que debe ser constituida con capital propio de la AFAP y se utiliza para compensar la rentabilidad de la AFAP cuando ésta resulta ser menor a la rentabilidad promedio de todas las AFAP juntas. Las AFAP tienen importantes restricciones que garantizan la seguridad de las inversiones y, por ende, su resultado. Además, existe un mínimo de rentabilidad exigida que cada AFAP debe cumplir”.













