En el marco de las Elecciones Nacionales, la Corte Electoral de Uruguay ha establecido los plazos, causales y requisitos para justificar la no emisión del voto. Las personas que no puedan cumplir con la obligación de votar deben presentar la documentación correspondiente dentro del plazo indicado, o de lo contrario deberán abonar las multas establecidas.
Plazos para justificar la no emisión del voto
Para quienes no puedan votar el 27 de octubre, las justificaciones podrán realizarse desde el 29 de octubre hasta el 29 de noviembre, a través de un formulario web en la página oficial de la Corte Electoral. En caso de un eventual balotaje, que tendrá lugar el 26 de noviembre, el período de justificación abarcará del 26 de noviembre al 26 de diciembre.
Las personas que se encuentren en el exterior el día de la elección deberán presentarse en la oficina consular uruguaya más cercana hasta 20 días antes o después de la elección para justificar su ausencia.
Causales de justificación y documentación requerida
Las razones válidas para justificar la falta de emisión del voto incluyen:
- Enfermedad o Invalidez Física: Aquellas personas que no puedan acudir por problemas de salud deben presentar un certificado médico o un certificado de una institución asistencial. Los certificados privados deberán incluir un timbre profesional.
- Estar Fuera del País: Las personas que se encuentren en el exterior pueden justificarlo mediante pruebas como certificados de Migración, pasaporte sellado o constancia de trabajo en el extranjero. Quienes residen fuera del país deben realizar el trámite en la oficina consular dentro del plazo correspondiente.
- Razones de Fuerza Mayor: Aquellos que aleguen fuerza mayor deben presentar documentación que respalde el motivo de su inasistencia.
Multas por no votar
Para quienes no emitan su voto ni presenten una justificación, la Corte Electoral ha fijado las siguientes multas:
- General: $1.740 pesos uruguayos.
- Para Funcionarios Públicos y Profesionales con títulos de la Universidad de la República: $3.480 pesos uruguayos.
Las multas pueden abonarse a través de la página web de la Corte Electoral.
Para más información y realizar los trámites correspondientes, la Corte Electoral facilitará un formulario web para la justificación en su página oficial.